Consejo de escuela
Según lo estipulado en el Reglamento sobre Constitución de Consejos (artículo 15), el Consejo de Escuela estará integrado por el Director, quien lo preside; tres representantes elegidos por los profesores; dos estudiantes por los alumnos de la Escuela; tres profesores nombrados por el Decano y un representante de los egresados.
Son atribuciones del Consejo de Escuela:
- Coordinar las labores y el funcionamiento de la Escuela, sus Departamentos y cátedras de acuerdo con lo dispuesto por el Consejo de la Facultad.
- Elaborar los planes y programas de estudio y someterlos al Consejo de la Facultad a los fines estatutarios correspondientes.
- Proponer a la consideración del Consejo de Facultad el nombramiento del Personal Docente de la Escuela.
- Evaluar las consultas que en materia académica le formule el Consejo de Facultad.
- Nombrar, a proposición del Director, los jurados examinadores del a menos que el Consejo de Facultad decida asumir esta función.
- Las demás que se señalen en el Estatuto Orgánico o el Consejo Universitario de acuerdo con las leyes y reglamentos.
Para mayor información sobre estas funciones, consulta los siguientes documentos:
PRESIDENTE
Prof. Lizette Martínez Willet
REPRESENTANTES DEL DECANO
Prof. Thays Adrián
Prof. Fabiola Fulco Salazar
Prof. Ricardo Tavares
REPRESENTANTES DE LOS PROFESORES
Prof. Luis Alfredo Álvarez
Prof. Élida León
Prof. María di Muro
REPRESENTANTES DE LOS EGRESADOS
Lic. Yha Ruíz
REPRESENTANTES DE LOS ESTUDIANTES
Br. Solángel García
Br. María Gabriela Gutiérrez